INCENTIVOS PARA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y TEMPORALContratación indefinida- Para los desempleados de larga duración. Si se contrata de forma indefinida a un desempleado inscrito en la Oficina de Empleo al menos 12 meses de los 18 anteriores a la contratación, se puede aplicar una bonificación en sus cotizaciones de 1.300.-€/año durante tres años si se trata de un hombre, y de 1.500.-€/año si se trata de una mujer. Si el contrato se celebra a tiempo parcial, la bonificación será proporcional a la jornada pactada.
- Conversión. La transformación de determinados contratos en indefinidos permite aplicar una bonificación en las cotizaciones:
- Las empresas con menos de 50 trabajadores podrán aplicar una bonificación de 41,67.-€/mes (58,33 en caso de mujeres) durante tres años si convierten en indefinido un contrato en prácticas o de relevo.
- La transformación en fijo de un contrato para la formación supone una bonificación de 1.500.-€/año durante tres años (1.800.-€ en caso de mujeres).
- Familiares del autónomo:Los autónomos pueden aplicar una bonificación en las cotizaciones si contratan de forma indefinida a determinados familiares que coticen en el Régimen General. La bonificación es del 100% de las cuotas por contingencias comunes durante 12 meses.
Temporales- Formación. Si se firma un contrato para la formación con una persona desempleada, la empresa podrá aplicar una bonificación del 100% de las cuotas o del 75% si tiene 250 o más trabajadores.
- Interinidad. La contratación de un desempleado para sustituir a un trabajador en situación de maternidad o paternidad da derecho a una bonificación del 100% en ambos empleados. Y si contrata a una persona que lleve más de un año cobrando el paro para sustituir a empleados en excedencia por cuidado de hijos o familiares, tendrá derecho a una bonificación en el contrato de interinidad del 95%, 60% y 50% durante el primer, segundo y tercer año, respectivamente.
DiscapacitadosLa contratación indefinida de discapacitados da derecho a una bonificación de 4.500.-€/año durante toda la vigencia del contrato. Si el contrato es temporal, la bonificación es de 3.500.-€/año durante toda la vigencia. Si se firma un contrato de interinidad con una persona minusválida desempleada para sustituir a discapacitados en IT, existe una bonificación del 100% de las cuotas. |
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